
El TCP falla para que la Autoridad Minera transparente contratos mineros en la comunidad de Chiaraque

Fuente: Visión 360
El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) ordenó a la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM) transparentar los trámites que realiza la Cooperativa Minera Wallmisa Puncuni para conseguir contratos mineros en la comunidad Chiaraque, de la provincia Sebastián Pagador de Oruro.
Valentín Colque, oriundo de esa comunidad, solicitó en 2022 al director departamental de la AJAM Oruro, Jhair Rosell, que le entregue copias legalizadas de los trámites que estaría realizando la cooperativa minera.
En respuesta al pedido, el 14 del mismo mes, el funcionario señaló que debía acreditar su interés legal y legitimidad. Colque denunció la vulneración de su derecho de acceso a la información y solicitó la entrega en 48 horas las copias legalizadas del trámite en curso de la mencionada cooperativa, según publica este viernes la Agencia de Noticias Ambientales (ANA).
A través de su abogado, Colque ratificó el contenido del memorial de acción de amparo constitucional. El Director de la AJAM departamental respondió que todas las solicitudes del demandante fueron respondidas de manera oportuna.
El 16 de julio de 2024, la Sala Tercera del TCP emitió la sentencia constitucional SCP 0505/2024 S3, en la se señala que “el derecho de acceso a información pública forma parte del derecho a la libre expresión e implica el derecho de toda persona a acceder a la información que se encuentra en las instituciones públicas”.
La sentencia constitucional consideró tanto la jurisprudencia constitucional como la interamericana y estableció que el derecho a la información forma parte del derecho a la libre expresión e implica el derecho de toda persona a acceder a la información que se encuentra en las instituciones públicas y la obligación positiva de Estado de suministrarla.
“Si bien es cierto que no se trata de un derecho absoluto, empero, cualquier restricción para tener validez constitucional y convencional debe estar fundada en una ley, perseguir una finalidad legítima y ser proporcional”, señala en la sentencia el juez Relator, Petronilo Flores y la magistrada Isidora Castro.
La sentencia constitucional dejó constancia que “del contenido de la norma legal se advierte claramente que la misma no establece restricción alguna al acceso a la información pública que se encuentra en poder de la AJAM en torno a los trámites mineros, razón por la cual, ese condicionamiento resulta arbitrario con lo cual evidentemente se vulneró el derecho de acceso a la información del comunario y determinó conceder la tutela solicitada”.
El abogado Ronald Cruz, en contacto con ANA, afirmó que la sentencia constitucional referida al caso de la comunidad Chiaraque se constituye en un precedente importante para destrabar información que la AJAM guarda celosamente.
“Se ha dado un avance en el acceso a información porque no se deben cumplir requisitos y exigencias para acceder a los contratos mineros, es un derecho ciudadano”, dijo Cruz.
